Ayudas y Subvenciones “Subvención TIC para Pymes y trabajadores autónomos” 2009 - Navarra
05/10/2009
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OBJETO
Facilitar la incorporación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación al ámbito de las Pymes, Micropymes y Autónomos navarros
DESTINATARIOS
Podrán obtener la condición de beneficiario las personas físicas y jurídicas que realicen actividad empresarial y además cumplan los siguientes requisitos:
Que tengan su domicilio social en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra y estén constituidas a todos los efectos antes de la fecha de presentación de la solicitud de subvención.
Que cumplan, en su caso, la condición de ser Pyme o Micropyme de acuerdo con la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo:
Pyme: aquella empresa que tenga un volumen de negocio inferior a 50 millones de euros anuales o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros y que ocupe a menos de 250 personas.
Micropyme: aquella empresa que tenga un volumen de negocio inferior a 2 millones de euros anuales y que ocupe a menos de 10 personas.
CARACTERÍSTICAS
Gastos subvencionables:
Se subvencionarán gastos en las categorías que se relacionan a continuación en función del tipo de solicitante:
A) Trabajadores autónomos.
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Adquisición mediante compraventa de 1 ordenador de sobremesa o portátil con lector de tarjetas chip y D.N.I. electrónico, que podrá ser externo o incorporado al mismo.
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Adquisición mediante compraventa de una impresora multifunción con escáner incorporado, solamente en el caso de que se subvencione también la adquisición de ordenador a que se refiere el punto anterior.
B) Micropymes:
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Adquisición mediante compraventa de hasta 2 ordenadores de sobremesa o portátiles con lector de tarjetas chip y D.N.I. electrónico, que podrán ser externos o incorporados a los mismos.
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Adquisición mediante compraventa de hasta dos impresoras multifunción con escáner. Solamente se podrá subvencionar una impresora por cada equipo que se subvencione del punto anterior.
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Programas de ofimática y programas informáticos de gestión básicos como son programas de gestión administrativa, de organización personal y trabajo en grupo, de correo electrónico.
C) Pymes:
Ejecución de los Planes de Implantación de las TICS que tiendan a digitalizar todos o parte de los procesos de negocio de la empresa y que estén relacionados con alguna de las siguientes actuaciones:
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Sistemas integrados de gestión y desarrollos y sistemas de gestión financiera y de tesorería que incluyan la implantación de la factura telemática con obligación de utilizar una firma electrónica avanzada para garantizar su autenticidad e integridad. Requisitos técnicos descritos en el portal http://www.facturae.es.
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Diseño e implantación del Web site de la empresa, siempre y cuando éste incorpore, además de información sobre la empresa, la posibilidad de realizar transacciones comerciales .
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Marketing electrónico (e-Marketing): implantación de sistemas que optimicen la relación con los clientes mediante la fidelización, atracción y gestión de los mismos, personalización de ofertas, publicidad y creación de
bases de datos de clientes.
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Compras (e-procurement): implantación de sistemas de gestión de compras de productos y servicios por parte de la empresa de forma electrónica.
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Comercio electrónico (e-commerce): implantación de sistemas de ventas de productos y servicios a los clientes por parte de la empresa de forma electrónica.
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Mercados virtuales (e-marketplaces): implantación de sistemas que permitan la participación de la empresa en plataformas que facilitan la negociación entre compradores y vendedores de forma electrónica.
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Diseño e implantación de la intranet y/o extranet de la empresa que optimicen la comunicación entre los trabajadores de la empresa y la de esta con sus clientes y proveedores.
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Diseño e implantación de sistemas de comunicación interna basados en herramientas tipo wiki.
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Diseño e implantación de sistemas de seguridad de los sistemas de información.
Para la adquisición y contratación de cualquiera de los elementos subvencionables anteriormente relacionados, la empresa beneficiaria podrá acudir a los proveedores que estime oportunos teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo
5.2 de esta Orden Foral. De cara a facilitar información, CEIN pondrá a disposición de las empresas beneficiarias un listado y un directorio web de empresas proveedoras de servicios TIC. A este respecto las empresas proveedoras que quieran formar parte de dicho listado y directorio podrán hacerlo cumplimentando el formulario en la web www.respuestadigital.es.
Importe de la subvención.
1. Los importes máximos de subvención serán los siguientes:
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Para las micropymes y trabajadores autónomos: un 30% de los gastos subvencionables justificados, con un límite de subvención de 7.000 euros por cada empresa beneficiaria, una vez descontado el IVA.
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Para las pymes: un 30% de los gastos subvencionables justificados, con un límite de subvención de 15.000 euros por cada empresa beneficiaria, una vez descontado el IVA.
2. Para el cálculo de los límites establecidos en los apartados anteriores se tendrá en cuenta la suma de las subvenciones recibidas por los gastos que figuran en el artículo 2 de esta Orden Foral, con cargo a los Presupuestos del Gobierno de Navarra de los 3 últimos años, incluido el de la convocatoria anual en vigor. Si el régimen de IVA de la empresa solicitante establece que ésta no puede compensar un cierto porcentaje del IVA que soporta (“prorrata”), éste importe no compensado se considerará gasto subvencionable.