Subvenciones para la incorporación de TIC 2019
01/06/2019
Plazo
Del 29-05-2019 al 28-06-2019
Dirigido a
Empresas que reúnan los siguientes requisitos:
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Ser una pyme según la definición de la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión de 6 de mayo de 2003.
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Tener domicilio fiscal en Navarra y estar dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
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Estar inscritas en el Registro Industrial de Navarra en el caso de que proceda conforme a lo establecido en el artículo 3 de la Orden Foral 152/2013, de 30 de abril, por la que se crea el Registro Industrial de Navarra (BONnº 94, de 20 de mayo de 2013).
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No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
No podrán ser beneficiarias de estas ayudas:
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Las empresas de los sectores de la pesca, la acuicultura y la producción primaria de productos agrícolas, que son sectores excluidos del ámbito de aplicación del Reglamento CE 1407/2013 de la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de ayudas de mínimis.
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Los organismos autónomos y las sociedades y fundaciones públicas.
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Las empresas cuya actividad se corresponda con los proyectos objeto de subvención de esta convocatoria.
https://www.navarra.es/home_es/Servicios/ficha/8146/Subvencion-a-pymes-para-la-incorporacion-de-TIC-2019